Reglamento de Régimen interior “Comunidad Cruz del Sur”
Preámbulo
El Reglamento de Régimen Interior (RRI) de la Comunidad exige, por parte de todos, el cumplimiento de una serie de normas de conducta y civismo que permitan el ejercicio del derecho de uso y disfrute de todos, sin perjuicio o menoscabo para nadie.
El RRI de la Comunidad exige un uso adecuado, cívico y responsable de los servicios y las instalaciones privativas y comunes de esta Comunidad, en base al cumplimiento de una serie de normas de comportamiento, de convivencia y respeto.
De aquí que esta Comunidad se dote, inicialmente, de este RRI, facultad que le otorga la Ley de Propiedad Horizontal 49/60 de fecha 21 de julio de 1960, reformada por Ley 8/99 de fecha 6 de abril de 1999, dentro de su Capítulo 2 y en su Artículo 6.
Estas normas y Protocolos tienen la finalidad de controlar las obras, mejorar y conservar la Urbanización y cuidar la estética de los edificios. Los propietarios son los responsables de su cumplimiento.
El presente RRI pretende informar e instruir a los futuros y nuevos propietarios e inquilinos así como a los visitantes de esta Urbanización, con el fin de que conozcan sus normas, su continente, su contenido y sus servicios e instalaciones.
El RRI podrá ser ampliado, reducido o reformado, en los términos establecidos por la Ley, en años sucesivos, a la vista de su idoneidad, oportunidad y/o efecto.
Los Estatutos de la Comunidad están disponibles para todos los propietarios en la oficina de la Comunidad, en la oficina del Administrador y en la página web.
Con la finalidad de agilizar la comunicación entre los propietarios y la Junta de Gobierno es muy importante facilitar la dirección del domicilio habitual, el teléfono fijo el móvil (grupo WhatsApp) y el correo electrónico al Administrador de la Comunidad.
URBANIZACIÓN “CRUZ DEL SUR”
Bloque A: Calle Cruz del Sur, nº 1
Bloque B: Avenida Terramar Alto, nº 3
29630 Benalmádena Costa (Málaga) España
Página web: www.mycruzdelsur.com
Capítulo 1.- La Comunidad
La Junta de Gobierno de la Comunidad de Propietarios “Cruz del Sur” está formada por un Presidente, un Vicepresidente, un Administrador, un Secretario y cuatro Vocales que tienen la facultad de hacer respetar, observar y hacer cumplir los Estatutos y el RRI de la Comunidad.
Todos los años, en marzo/abril, se celebra una Asamblea General ordinaria con todos los propietarios para aprobar las cuentas, presentar el presupuesto del año en curso y tratar los temas que afectan a la Comunidad.
El Administrador actual es D. Mario Cordero Codes. La dirección de su oficina: Inmobiliaria Fórum, Avda. Alay nº1 local 2 en Benalmádena Costa, con horario de 9:30h a 14:00h, y de 16:30h a 19:30h, de lunes a viernes, ( +34 952 44 34 77.
Las labores de limpieza y jardinería de la Urbanización las ejecuta una empresa externa. Un limpiador y un jardinero realizan su trabajo todos los días por la mañana de lunes a viernes no festivos. Por otra parte, la Comunidad tiene contratado un trabajador de servicios, vigilancia y mantenimiento de la Urbanización de lunes a viernes no festivos, en horario de mañana y tarde.
El personal al servicio de la Comunidad está facultado para dirigirse a las personas cuya actitud o proceder no sea el adecuado. Respetar a los trabajadores, consultar las dudas, hacer caso de sus indicaciones y dejar que os asesoren o recomienden.
*.- El BLOQUE A dispone de:
3 plantas con 12 apartamentos cada una. En total, 36 apartamentos.
1 ascensor.
En el sótano: Los contadores y 5 trasteros.
*.- El BLOQUE B dispone de:
9 plantas con 17 apartamentos cada una. En total, 153 apartamentos.
3 ascensores.
En la Planta baja:
Los buzones de correos.
9 apartamentos y el Apartamento de la Comunidad.
El Gran Salón y la Oficina de la Comunidad.
La sala de maquinas y los aseos de la piscina.
En el sótano: los contadores y 37 trasteros.
Reglamento de Régimen interior “Comunidad Cruz del Sur”
Instalaciones y servicios
La Urbanización tiene una superficie aproximada de 8.000 m2 de zonas comunes. Las instalaciones y servicios de la Comunidad son para el aprovechamiento y disfrute de todos los propietarios y vecinos.
Las puertas de entrada desde la calle al Bloque A y al Bloque B se abren con una llave común. Al Bloque B también se puede acceder desde la calle a través de un portero automático con teclado numérico. La llave y el código del portero automático están a disposición de todos los propietarios en la oficina del Administrador.
La Comunidad ha contratado al “Grupo Tecnovisión Málaga” que proporciona la señal y realiza el mantenimiento de la Televisión aérea y por cable con canales en diferentes idiomas. Para averías ( +34 952 65 20 40 y ( +34 695 06 59 82.
La Urbanización dispone de cámaras de videovigilancia en las zonas comunes con el objetivo de mejorar la seguridad. Se garantiza el derecho a la proteccion de datos. La Comunidad esta dada de alta en la Agencia Española de Proteccion de Datos.
En la Planta Baja del Bloque B:
La Oficina de la Comunidad está abierta todos los días de lunes a viernes no festivos en horario de 09:00h a 14:00h.
Las personas con movilidad reducida disponen de 2 (DOS) enchufes para cargar VEHÍCULOS ELÉCTRICOS. El precio a pagar por este servicio es “La Voluntad”.
Se ha puesto a disposición de todos los vecinos un DESFIBRILADOR externo y semiautomático que diagnostica y trata la parada cardiorespiratoria. A su lado, se publicita una lista de las personas capacitadas para manipularlo y su teléfono. Al abrir el armario, se acciona una llamada automáticamente a EMERGENCIAS.
En la entrada, se dispone de:
Un BUZÓN DE QUEJAS Y SUGERENCIAS para que los propietarios aporten sus propuestas en beneficio de la Comunidad.
Un TABLÓN DE ANUNCIOS de cristal habilitado para facilitar la información y la comunicación entre la Junta de Gobierno y la Comunidad de propietarios.
Un TABLÓN DE ANUNCIOS de corcho para que propietarios y vecinos publiquen, comuniquen e intercambien mensajes y notificaciones entre sí.
En el TABLÓN DE ANUNCIOS de la piscina y de acuerdo con el R.D. 742/2013, se informará diariamente del estado, calidad y condiciones del agua, temperatura, pH, transparencia, etc. En el Tablón también se publican las tareas de limpieza que se realizan diariamente en la Comunidad por el personal encargado. Reglamento de Régimen interior “Comunidad Cruz del Sur”
Capítulo 2.- Las Zonas Comunes
*.- El uso y disfrute del Gran Salón Social, los aparcamientos, el jardín y la piscina queda reservado exclusivamente a propietarios y residentes de esta Comunidad.
*.- Se recomienda no transitar por la Urbanización en bañador, bikini, sin camiseta o descalzo por respeto a los demás vecinos.
*.- Está prohibido cocinar o hacer barbacoas en las terrazas y jardines.
*.- El uso de mesas y sillas en el jardín está condicionado a que no se utilicen para comer; y al llegar la noche, deben ser retiradas por sus propietarios.
*.- Está estrictamente prohibido tender la ropa fuera de las terrazas en alambres o cordeles. Se recomienda utilizar un tendedero plegable dentro, siempre que no sobrepase la altura de las barandillas. El horario nocturno es el más apropiado para tender la ropa. No se colocarán tendederos o similares en el jardín y zonas comunes.
*.- Está prohibido alimentar a animales (gatos, pájaros, etc.) en el jardín y zonas comunes, para prevenir la afluencia de moscas, mosquitos, insectos, ratas, etc.
*.- Se deben respetar y cuidar los árboles, las plantas, las macetas y las flores. Se debe cuidar del mobiliario y todos los objetos de la Comunidad.
*.- No está permitido jugar con la pelota, circular en bicicleta, patines o similares en los jardines y las zonas comunes.
*.- Está prohibido realizar actividades que causen molestias los fines de semana y festivos. A partir de las 23:00h, los padres o tutores legales de los menores se responsabilizarán de que no correteen, jueguen o griten y alboroten por jardines, pasillos o zonas comunes y evitar cualquier ruido que pueda molestar a los vecinos.
*.- Los niveles de ruido en el interior de los edificios deberán respetar los límites que exige la convivencia ciudadana y la Ordenanza Reguladora. Se ajustará el volumen de TV, altavoces, radios, instrumentos musicales y otros aparatos similares para no sobrepasar los niveles establecidos. Se prohíbe la utilización de lavadoras, secadoras, licuadoras, picadoras y similares, desde las 23:00h a las 08:00h de la mañana.
*.- Todas las plantas de los edificios de la Comunidad disponen de un extintor de CO2 contra incendios para usarlo en caso de necesidad.
*.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 25.2 de la Ley General de Sanidad, se declara al tabaco sustancia nociva para la salud de las personas. En consecuencia, en caso de conflicto prevalecerá siempre el derecho a la salud de los no fumadores. Está prohibido fumar en las zonas comunes cerradas, Gran Salón, portales, pasillos, ascensores, escaleras, aseos, etc. Los fumadores deben usar los ceniceros dispuestos al efecto en distintos lugares de la Comunidad. No tirar las colillas al suelo
Capítulo 3.- El Gran Salón Social
1.- El objeto del Gran Salón Social es la celebración de Juntas de Propietarios, Juntas de Gobierno, reuniones sociales y celebraciones familiares.
2.- No está permitido su uso en horarios molestos y actividades lucrativas o nocivas.
3.- El Salón Social lo podrán utilizar exclusivamente los propietarios y residentes, quienes deberán estar al corriente de las cuotas de la Comunidad.
4.- Se solicitará permiso a la Administración con 15 días de antelación a la fecha de uso. La Administración notificará a los interesados la concesión o denegación del permiso, así como el horario de uso y una copia de las normas.
5.- El permiso de uso solo afectará al recinto del Salón, no al resto de instalaciones comunes, como jardines, piscina, portal, pasillos, etc.
6.- Por razones de seguridad, el aforo máximo del Gran Salón es de 25 personas. Los niños y los menores de edad deberán ser cuidados y controlados, y estarán bajo la responsabilidad de sus padres o de los adultos que solicitaron el uso.
7.- El propietario solicitante se hará cargo de la limpieza previa y posterior a la celebración del acto, debiendo quedar todo ordenado, limpio y en las mismas condiciones a como lo encontró.
8.- El vecino solicitante será responsable de los deterioros que puedan producirse, haciéndose cargo de su reparación, y será el único responsable de cuanto ocurra en el recinto en el horario autorizado.
9.- No está autorizada la instalación de adornos sujetos al techo, paredes, mobiliario, etc., que puedan deteriorar los mismos. Así mismo, se debe cuidar todo el mobiliario y los adornos del recinto.
10.- Está prohibido cocinar y hacer barbacoas en el Salón y demás zonas comunes.
11.- El propietario autorizado procurará minimizar el ruido, no arrastrar enseres y mobiliario para evitar molestias al resto de propietarios y, en caso de utilizar radios, altavoces, instrumentos o reproductores de música se moderará el volumen.
12.- El incumplimiento de las normas de uso podrá inhabilitar al solicitante o usuarios para un nuevo uso del Salón Social de la Comunidad.
13.- El Salón Social de la Comunidad dispone de libros en varios idiomas que han sido aportados por los vecinos. Estos libros están a disposición de los lectores que quieran utilizarlos, y deberán ser devueltos en un plazo prudencial.
Capítulo 4.- Los Trasteros
La Comunidad “Cruz del Sur” administra y gestiona los trasteros situados en el sótano del Bloque A, y en las plantas y el sótano del Bloque B. Los trasteros están disponibles para uso exclusivo de los propietarios e inquilinos de la Urbanización.
El Administrador gestiona la adjudicación de los trasteros, y es el depositario de una de las llaves de todos los trasteros, por seguridad y para prevenir daños materiales o cualquier otra eventualidad.
Normas a cumplir:
1.- La Comunidad recibirá de los usuarios de los trasteros una cuota anual para contribuir a los gastos de mantenimiento, limpieza y conservación.
2.- Los propietarios e inquilinos que opten a la adjudicación de un trastero se deben apuntar a la “Lista de espera”, que funciona por estricto orden de llegada. Tras la adjudicación, se deben registrar y pagar un depósito por las llaves, que rescatarán cuando devuelvan las llaves y el trastero limpio, vacio y en perfectas condiciones.
3.- Los propietarios que alquilen o vendan su apartamento y tengan en uso un trastero, no pueden ceder el uso del trastero al inquilino o nuevo propietario. Deben entregar el trastero y la llave al Administrador. Entonces, el trastero se pondrá a disposición de los interesados apuntados en la “Lista de espera”.
4.- Los trasteros no pueden ser usados como vivienda o similar. Se utilizan para guardar y almacenar objetos útiles no ubicables en el apartamento.
5.- Se debe mantener el orden y la limpieza de las zonas de acceso y los pasillos o las escaleras libres de todo tipo de obstáculos.
6.- Está prohibido conectar luces o aparatos eléctricos a la red.
7.- Por seguridad está prohibido almacenar productos tóxicos, químicos, inflamables y materiales peligrosos. El usuario es responsable del uso y contenido de su trastero.
8.- No podrán instalarse cortinas, plásticos adhesivos, papeles, etc., junto a las ventanas de la fachada. La Comunidad, como propietaria de los trasteros, instalará los elementos necesarios, que correrán a cargo del usuario, para que los enseres almacenados no sean visibles a través de las ventanas desde el exterior. Se debe asegurar la estética y la uniformidad de la fachada.
9.- Ante cualquier duda, los propietarios o los usuarios deberán contactar con la Junta de Gobierno o con la Administración para recibir las instrucciones pertinentes.
Capítulo 5.- La Piscina
La piscina de la Urbanización es de agua salada y emplea cloradores salinos, que son ecológicos y respetuosos con el medio ambiente.
El uso y disfrute de la piscina es exclusivo de los propietarios e inquilinos de la Comunidad, y de sus invitados. El aforo máximo es de 50 personas.
Se aplicaran las obligaciones y reglamentos establecidos por la Junta de Andalucía.
Además de las siguientes normas:
1.- Durante los meses de julio y agosto La Comunidad contratará a un socorrista para vigilar, controlar, ayudar a los bañistas, garantizar su seguridad y hacer cumplir las normas. El horario será de 11:00h-15:00h y de 16:00h-20:00h. El socorrista es la máxima autoridad en la piscina.
2.- Fuera de los meses y horario definidos en el punto 1, la piscina permanecerá cerrada, y su uso será responsabilidad de los usuarios que decidan acceder a ella.
3.- No se podrá acceder a la piscina durante la noche, ya que se activan las tareas de limpieza y los trabajos de conservación y depuración.
4.- Se deberá prestar especial atención a los menores de 14 años, que siempre deberán ir acompañados de un adulto. Los niños pequeños llevaran obligatoriamente pañales especiales para el agua. Reglamento de Régimen interior “Comunidad Cruz del Sur”
5.- No se permite el baño con ropa interior y de calle, camisetas, mallas, prendas en la cabeza etc. Solo se podrán usar bañadores y bikinis así como chanclas y sandalias. Se recomienda el uso de gorro para cabellos largos, por higiene y seguridad.
6.- El nudismo está prohibido.
7.- No podrán acceder a la piscina personas con enfermedades contagiosas.
8.- Es obligatorio ducharse antes del baño, por higiene, y no está permitido utilizar jabón, gel o champú en las duchas y en la piscina.
9.- Está prohibido saltar y tirarse de cabeza a la piscina, los juegos con pelota o que puedan suponer un peligro o molestia y el uso de tablas, colchonetas, o similares.
10.- No se permite acceder con vidrio, porcelana o similares al recinto de la piscina.
11.- Se prohíbe comer y beber en los jardines y en el recinto de la piscina, para prevenir plagas de insectos, roedores, etc.
12.- Está prohibido utilizar radios o cualquier otro aparato musical susceptible de producir ruidos y molestias. Se recomienda usar auriculares.
13.- Se prohíbe el acceso de animales y mascotas al recinto de la piscina.
14.- Se deben utilizar las papeleras y ceniceros habilitados en la Urbanización.
15.- Se debe respetar la limpieza de los aseos de la piscina y cuidar sus accesorios.
Capítulo 6.- Los Aparcamientos
La Comunidad es propietaria de 2 zonas de aparcamiento:
Avda. Terramar Alto. Acceso al Bloque B con mando a distancia:
30 plazas de aparcamiento individuales.
2 plazas de aparcamiento para minusválidos.
2 zonas de aparcamiento para motos y bicicletas.
Calle Cruz del Sur. Acceso al Bloque A con candado-llave:
30 plazas de aparcamiento individuales.
5 plazas de aparcamiento dobles.
2 plazas de aparcamiento para minusválidos.
Las plazas de aparcamiento son para uso exclusivo de los propietarios y vecinos de la Urbanización. El mando a distancia y la llave de los candados de los aparcamientos están a disposición de los propietarios y vecinos en la Oficina del Administrador.
Se deben cumplir las siguientes normas:
1.- Se prohíbe parar y estacionar vehículos en las zonas comunes y en las vías de paso hacia las plazas de aparcamiento para facilitar y no interrumpir el libre acceso de entrada y salida a los demás conductores.
2.- Solo se podrá utilizar una plaza de aparcamiento por cada apartamento.
3.- Las plazas para minusválidos son de uso exclusivo para ellos.
4.- Las zonas de aparcamiento para motos y bicicletas son de uso exclusivo.
5.- Se debe CERRAR SIEMPRE, tanto a la entrada como a la salida de vehículos los candados de los aparcamientos, con el fin de que las plazas no sean ocupadas por conductores ajenos a la Comunidad.
6.- No se permite el estacionamiento de vehículos durante largos periodos de tiempo. En caso de que el propietario del vehículo regrese a su residencia habitual en España o en el extranjero, no debe dejar estacionado su vehículo en los aparcamientos de la Comunidad.
El incumplimiento de estas normas puede llevar consigo la adopción de medidas como la retirada del vehículo de los aparcamientos de la Comunidad con la grúa.
Capítulo 7.- Las Basuras
En cumplimiento de la Ordenanza del Ayuntamiento de Benalmádena en materia de recogida y tratamiento de basuras, deshechos y residuos y con el objetivo de conseguir las condiciones de salubridad, pulcritud, estética y bienestar ciudadano así como la protección del medio ambiente.
Se deben cumplir las siguientes normas:
1.- Los contenedores más cercanos se encuentran en la Calle Cruz del Sur.
2.- La basura orgánica debe depositarse en bolsas de plástico cerradas.
3.- El horario para depositar la basura en los contenedores es de 20:00h a 23:00h, según la Ordenanza del Ayuntamiento. No está permitido hacerlo en horario distinto, salvo en circunstancias especiales o puntuales.
4.- Los objetos de mayor tamaño (muebles, electrodomésticos o similares) se deberán depositar los días dispuestos por el Ayuntamiento para su recogida. En los contenedores se indican los días de la semana permitidos.
5.- Los elementos contaminantes (aceites, pilas, etc.) se deberán depositar en los puntos limpios habilitados al efecto por el Ayuntamiento.
6.- Se recomienda reciclar los residuos domésticos: orgánicos, envases, papel, cartón, y vidrio, y depositarlos cada uno en su contenedor correspondiente.
Capítulo 8.- Los animales domésticos y las mascotas
Los dueños de animales domésticos deben ser cuidadosos y no causar molestias, perjuicios y riesgos a los demás. Serán responsables de los daños que ocasionen sus mascotas. Deberán respetar la normativa vigente al respecto.
Además de seguir estas reglas:
1.- Los dueños deben recoger y limpiar los excrementos que depositen sus mascotas en cualquier parte de la Comunidad.
2.- No se permite que las mascotas transiten en las zonas comunes sin correa.
3.- Los animales potencialmente peligrosos deberán ir sujetos con cadena y usar bozal, y el dueño deberá llevar la documentación, licencia y seguro civil del animal.
4.- Se prohíbe que los animales permanezcan en las terrazas, jardines e interior de los vehículos durante periodos prolongados de tiempo y durante la noche.
5.- El dueño y su mascota deberán esperar y utilizar los ascensores sin la presencia de otros vecinos.
Capítulo 9.- Alquiler de los Apartamentos
Estas normas se aplican a todos los propietarios, arrendatarios (larga duración, de temporada y alquiler vacacional) y visitantes de la Comunidad:
1.- El propietario es el único responsable ante la Comunidad de los actos de los ocupantes de su apartamento, y se hará cargo y abonará el importe de la reparación, de los desperfectos, roturas y daños que ocasionen por negligencia o por la mala utilización de los elementos comunes de la Urbanización.
2.- Los propietarios deben comunicar y registrar obligatoriamente el nombre del titular, número de personas que ocuparán el apartamento y duración del contrato en la Administración de la Comunidad dentro de los 15 días siguientes a la firma.
3.- Los propietarios que oferten su apartamento para alquiler de corta duración, de uso turístico o vacacional, deberán comunicarlo con antelación a la Administración.
4.- Los propietarios deben informar a los inquilinos y visitantes de las normas de este RRI y de las normas de comportamiento, de convivencia y respeto de la Comunidad, y vigilar su cumplimiento.
5.- Los propietarios se responsabilizarán de las molestias que ocasionen las personas que viven en su apartamento a otros residentes de la Comunidad.
6.- Los inquilinos, una vez registrados en la Administración, tendrán acceso a todos los servicios, las instalaciones y las zonas comunes de la Comunidad.
7.- Los inquilinos no pueden realizar actividades que resulten molestas, insalubres, nocivas, peligrosas e ilícitas, y/o contrarias a la Comunidad.
8.- Los miembros de la Junta de Gobierno, los trabajadores de la Comunidad y cualquier propietario podrán informar al Presidente del incumplimiento de estas normas por parte de un vecino.
9.- En caso de incumplimiento de alguna norma por parte del inquilino o sus invitados, la Junta de Gobierno, a través del Administrador, notificará por escrito al propietario del apartamento la falta cometida.
10.- En caso de reiteración de la falta, la Junta de Gobierno informará del incumplimiento de la norma al propietario y al inquilino, y demandará el compromiso de no volverla a repetir.
11.- Si el incumplimiento o la falta vuelve a producirse, la Junta de Gobierno propondrá, en una Junta Extraordinaria de los propietarios, iniciar los tramites para una “acción de cesación” y demandar por via judicial.
Capítulo 10.- Protocolo para Obras
Los Estatutos de la Comunidad determinan que los propietarios que realicen obras totales o parciales en su apartamento (cambios de ventanas, barandillas o toldos, instalaciones de aire acondicionado, teléfono, fibra, electricidad, etc.), deberán comunicarlo a la Comunidad antes de su comienzo, y esperar a recibir por escrito la autorización y el permiso de la Comunidad.
El propietario que realiza las obras tendrá la obligación de proteger y cuidar convenientemente todos los elementos comunes, escaleras, pasillos, ascensores, etc., para que no resulten dañados en bajadas de escombros o provisión de materiales, así como de dejarlos limpios y en orden cada día.
El propietario es el responsable de los daños que se puedan ocasionar en las zonas comunes de la Comunidad y se hará cargo de su reparación.
Los derechos y deberes de los propietarios que realizan obras en el interior de sus viviendas se rigen según la Ley de Propiedad Horizontal.
El Arquitecto Técnico de la Comunidad es D. Antonio García (( +34 655 57 91 31). El horario de contacto es de lunes a viernes de 9:30h a 14:00h.
Se deben cumplir las normas de este protocolo para obras:
1.- El propietario deberá, antes de iniciar las obras en su vivienda, solicitar y obtener el preceptivo permiso de obras del Ayuntamiento de Benalmádena, que reflejará las características de la obra.
2.- Si la obra afecta a la estructura del edificio, elementos comunes y/o altera la actual distribución de huecos exteriores de la fachada o escaleras de los edificios de la Comunidad, se necesita el preceptivo acuerdo y autorización de la Junta General de Propietarios.
3.- El horario de obras será de lunes a viernes de 09:00h a 14:00h y de 15:00h a 18:00h. Se prohíbe realizar obras y ruidos los sábados, domingos y festivos.
4.- El propietario contactará con D. Antonio García, el Arquitecto Técnico de la Comunidad, para que visite y conozca in situ la obra que se quiere realizar.
5.- Durante la visita el propietario presentará una copia del permiso obtenido del Ayuntamiento. El Arquitecto Técnico estudiará y decidirá si autorizar o no la obra.
6.- El permiso se entregará al propietario firmado y por escrito. Se enviará copia al Administrador de la Comunidad de esta autorización para su conocimiento.
7.- El propietario pagará los honorarios, por la visita y el permiso, al Arquitecto Técnico: 60€ (SESENTA EUROS) por obras y arreglos pequeños, y 120€ (CIENTO VEINTE EUROS) por reformas completas.
8.- El Arquitecto Técnico certificará también el final de la obra.
9.- En caso de necesitar una bañera para los escombros y que ocupe una plaza de aparcamiento, la Comunidad cobrará 35€ (TREINTA Y CINCO EUROS) por semana.
10.- Los niveles de ruido permitidos están regulados en las ordenanzas de protección del medio ambiente urbano del Municipio de Benalmádena. No se podrán emplear máquinas al aire libre cuyo nivel de emisión sea superior a 90 dBA medido a 5 metros de distancia. En caso de necesitar este tipo de máquinas se pedirá un permiso especial, indicando el motivo y el horario de funcionamiento. El horario deberá ser expresamente autorizado por los servicios técnicos municipales.
11.- No está permitido instalar carteles, anuncios y otros objetos similares en las terrazas y barandillas de las fachadas exteriores de los edificios.
12.- No está permitido la instalación de equipos de aire acondicionado en los laterales del edificio. Solo está permitido en el frontal de la calle y en el posterior de la piscina.
Capítulo 11.- Protocolo en caso de filtraciones y humedades
En caso de filtraciones de agua y humedades en la vivienda se recomienda esperar a que la Compañía Aseguradora perite el daño, la causa y el origen del mismo. El inquilino debe actuar únicamente en casos extraordinarios o de verdadera urgencia.
Seguir las siguientes normas:
1.- El propietario afectado por filtraciones de agua o humedades en su vivienda, en primer lugar, deberá dar parte al seguro de su apartamento. El Perito informará sobre el origen de la avería y quién se debe hacer cargo de la reparación.
2.- Si el Perito confirma que el seguro de la Comunidad debe hacerse cargo de la avería, la Administración llamará a la Compañía Aseguradora y consultará si la póliza cubre la reparación del siniestro. En caso afirmativo, reclamará la reparación inmediata.
3.- En caso de que la reparación del daño corresponda a la Comunidad de Propietarios, la Administración solicitará varios presupuestos, elegirá el más adecuado y se procederá a su reparación.